FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR

SEGÚN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

Son sus funciones:

• Administrar las cosas de aprovechamiento común, procurando su conservación y funcionamiento.
• Proveer a la recaudación y empleo de los fondos necesarios para su gestión.
• Contratar al personal de servicio y despedirlo.
• Hacer cumplir el reglamento de copropiedad, procurar el cobro de las expensas adeudadas.
• Llevar los libros del consorcio, llevar el registro de los propietarios de las unidades funcionales.
• Representar al consorcio ante las autoridades administrativas y judiciales.
• Expedir copia certificada de Actas, expedir Certificación de Deuda por expensas Comunes para promover el cobro Ejecutivo.